02 noviembre, 2020

Bases convocatoria de plazas de Trabajador/a Social


BORM Nº 254, LUNES 2 DE NOVIEMBRE DE 2020

Por Decreto de Alcaldía n.º 2020-0735, de 17 de septiembre, se han aprobado las Bases Específicas que han de regir la convocatoria y el proceso de selección de dos plazas de Trabajador/a Social, mediante estabilización de empleo temporal, por el sistema de concurso-oposición, incluidas en la Oferta de Empleo Público extraordinaria correspondiente al año 2018: 

“Bases específicas de la convocatoria y el proceso de selección de 2 plazas de Trabajador/a Social, mediante estabilización, por el sistema Concurso-Oposición, correspondiente a la oferta de empleo público extraordinaria del año 2018. 

El Sr. Alcalde Presidente de este Ayuntamiento, acuerda convocar concurso-oposición para proveer en propiedad, por el turno libre y mediante estabilización de empleo temporal, dos plazas vacantes de Trabajador/a Social, cubiertas por personal laboral indefinido, incluidas en la Oferta de Empleo Público extraordinaria correspondiente al año 2018. Esta convocatoria se regirá por las Bases Generales de Estabilización aprobadas por Decreto de Alcaldía número 2019-0679 de fecha 29 de julio de 2019 y publicadas en el Boletín Oficial de la Región de Murcia número 183 de fecha 09 de agosto de 2019, y por las siguientes: 


Bases

Primera. Objeto de la convocatoria

1. Es objeto de esta convocatoria la provisión, como personal funcionario de carrera, de dos plazas de Trabajador/a Social, vacantes en la plantilla de personal funcionario de carrera del Ayuntamiento de Ceutí, mediante estabilización de empleo temporal, por el sistema concurso-oposición e incluidas en la Oferta de Empleo Público extraordinaria para el año 2018. 

Con la siguiente clasificación: 

Escala: Administración Especial 

Subescala: Técnica

Grupo/Subgrupo: A/A2 

Denominación: Trabajador/a Social 

2. La presente convocatoria y pruebas selectivas se regirán por estas Bases Específicas, por las Bases Generales de Estabilización de este Ayuntamiento y por la normativa establecida en la base primera de las citadas Bases Generales de Estabilización. 

3. El sistema selectivo será de concurso - oposición.

4. Estas plazas, vinculadas por estabilización de empleo temporal, están incluidas en el Plan de Ordenación de Recursos Humanos aprobado por el Pleno el 09 de mayo de 2019 y publicado en el Boletín Oficial de la Región de Murcia número 122 de fecha 29 de mayo de 2019. 


Segunda. Requisitos de los aspirantes

Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir, además de todos los requisitos exigidos en la base segunda de las Bases Generales de Estabilización, los siguientes:

1.- Estar en posesión del título de Graduado en Trabajo Social, Diplomado en Trabajo Social o equivalente título de Grado, debiendo acreditar la equivalencia que, en su caso, corresponda conforme al vigente sistema de titulaciones universitarias, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias. En todo caso la equivalencia deberá ser aportada por el aspirante mediante certificación expedida al efecto por la Administración competente en cada caso. 

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite su homologación.

2.- Estar en posesión de certificado negativo de delitos de naturaleza sexual, el cual se acompañará a la instancia. 

Tercera.- Solicitudes

Las instancias solicitando tomar parte en el proceso se ajustarán a lo establecido en la base cuarta de las Bases Generales de Estabilización y deberán ajustarse al modelo que se adjunta como Anexo II de estas Bases. 

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, con?tados a partir del siguiente a la publicación del anuncio de las respectivas convocatorias en el Boletín Oficial del Estado. 

Junto con la solicitud se acompañarán los siguientes documentos, que serán, en todo caso, original o fotocopia: 

- DNI o Pasaporte. 

- Curriculum Vitae. 

- Título de Graduado en Trabajo Social, Diplomado en Trabajo Social o equivalente título de Grado. 

- Informe de la vida laboral actualizado y expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social. 

- Para acreditar la experiencia laboral deberá aportarse contrato de trabajo o certificado de servicios prestados. Si no es posible aportar contrato podrá aportarse un recibo de nómina. Si existiese contradicción entre lo dispuesto en el contrato y el informe de la vida laboral, se estará a lo dispuesto en esta última. 

- Documentación acreditativa de los cursos de formación aportados (diploma o certificado expedido por órgano competente). 

- Declaración jurada de no haber sido separado/a del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni inhabilitación para el desempeño de puestos en las mismas, conforme a lo dispuesto en el artículo 56.1.d) del Real Decreto Legislativo 5/2015. 

- Certificación negativa de delitos de naturaleza sexual expedida por el Registro Central de Delincuentes Sexuales. 

- Justificante acreditativo del pago de la tasa. 

Cuarta.- Tasa

Los aspirantes deberán ingresar, mediante transferencia bancaria, una tasa por importe de 50,00 euros para participar en el proceso selectivo. Las cuentas municipales en las que deberá realizarse la transferencia bancaria son: 

ES76 0030 8635 86 0001053271 (BANCO SANTANDER) 

Quinta. Admisión de aspirantes

Se regirá por lo establecido en la base quinta de las Bases Generales de Estabilización. 

Sexta. Tribunal calificador

Se regirá por lo establecido en la base sexta de las Bases Generales de Estabilización. 

Séptima. Pruebas selectivas

Se rige por lo establecido en la base séptima de las Bases Generales de Estabilización. 

Octava. Fases y ejercicios de las pruebas selectivas

1.- La Selección se realizará mediante el sistema de concurso oposición, según indica la base octava de las Generales de Estabilización. Se modifica parcialmente la base octava de las Bases Generales de Estabilización en los términos que se desarrollan a continuación. 

La valoración de las fases de concurso oposición contarán con la siguiente puntuación máxima: 

- Fase de Oposición: 60 puntos

- Fase de Concurso: 40 puntos

La calificación final estará determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la Fase de Oposición y en la Fase de Concurso, que en ningún caso podrá superar los 100 puntos.

1.1.- BAREMO DEL CONCURSO. (MÁXIMO 40 PUNTOS)

Solo se tendrán en cuenta los méritos alegados y justificados documentalmente en el plazo de presentación de instancias, con el siguiente baremo:

A. EXPERIENCIA PROFESIONAL (MÁXIMO 28 PUNTOS)

a. Por cada mes completo de experiencia como Trabajador/a Social, en el Ayuntamiento Ceutí, a razón de 0.25 puntos por mes de servicio.

b. Por cada mes completo de experiencia como Trabajador/a Social, en la Administración Local, a razón de 0.10 puntos por mes de servicio. 

c. Por cada mes completo de experiencia como Trabajador/a Social, en el resto de Administraciones Públicas, a razón de 0.05 puntos por mes de servicio. 

La puntuación máxima de este apartado será de 28 puntos. En ningún caso se valorarán los periodos de trabajo inferiores a un mes. 

No se computarán los periodos de suspensión de empleo y sueldo, ni las excedencias voluntarias por interés particular o por agrupación familiar. 

B. TITULACIÓN (MÁXIMO 2 PUNTOS)

Se valorará estar en posesión de otra titulación diferente a la exigida en la convocatoria en los siguientes términos: 

Estar en posesión de un Título Universitario distinto al exigido en la convocatoria que de acceso a las categorías del subgrupo A2, relacionado con el puesto o Titulaciones Universitarias de Máster Oficial relacionados directamente con el puesto de trabajo objeto de la convocatoria. 

La puntuación máxima de este apartado será de 2 puntos. Se acreditará mediante la presentación el título expedido por la Autoridad docente correspondiente, el resguardo de haber satisfecho los derechos de su expedición o certificación de la Secretaria del organismo docente correspondiente. 

En ningún caso, las Titulaciones Universitarias de Máster Oficial no valoradas en este apartado, por haberse alcanzado la puntuación máxima, podrán ser objeto de baremación en el apartado de formación. 

C. FORMACIÓN (MÁXIMO 10 PUNTOS)

Cursos de formación o perfeccionamiento. La puntuación máxima de este apartado será de 10,00 puntos. 

Se valorará la participación, solamente como alumno/a, en cursos de formación o perfeccionamiento, excluidos los cursos selectivos de ingreso y ascenso, sobre materias relativas o relacionadas con el puesto de trabajo. 

Únicamente se valorarán las acciones formativas organizadas por el Sector Público (según Ley 40/15, de 1 de octubre), Universidades (públicas o privadas), Colegios Profesionales, Institutos o Escuelas Oficiales, Instituciones Sindicales, e Instituciones privadas que cuenten con la colaboración u homologación (la acción formativa) de una Administración o Institución de Derecho Público. 

No se valorarán los cursos que no guarden relación con las materias establecidas como relacionadas, los cursos pertenecientes a titulaciones académicas, los cursos de doctorado, los derivados de procesos selectivos que sean requisito para el acceso a un cuerpo o escala de funcionario y las sucesivas ediciones de un mismo curso, ni los de duración inferior a 10 horas. 

No serán valorados los cursos que no vengan cuantificados por horas, los que se expresen en crédito, deberá el/la interesado/a acreditar, en debida forma, su correspondencia en horas. 

El baremo aplicable a los cursos de formación o perfeccionamiento se establece en 0.005 puntos por hora. 

La puntuación máxima de la fase de concurso será de 40 puntos. 

1.2.- FASE DE OPOSICIÓN. (MÁXIMO 60 PUNTOS) 

Se realizarán las pruebas establecidas en la base octava de las Bases Generales de Estabilización, relacionadas con el temario incluido en el ANEXO I. 

El primer ejercicio consistirá en la realización de un cuestionario tipo test relacionado con el temario que se relaciona en las Bases Específicas, compuesto de un total de 30 preguntas, con un total de tres respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta. Cada tres respuestas erróneas se restará una respuesta correcta. Las preguntas contestadas en más de una alternativa se considerarán erróneas. Las preguntas sin contestar no penalizarán. Para su desarrollo los aspirantes dispondrán de 90 minutos. 

Para este primer ejercicio, tipo test, el Tribunal propondrá 5 preguntas de reserva para el supuesto de que alguna de las 30 preguntas hubiese que ser anulada. De ser necesario hacer uso de las preguntas de reserva, se realizará por el orden en que figuren en el cuestionario. Este ejercicio será calificado hasta 30 puntos, siendo necesario para aprobar un mínimo de 15 puntos. 

El segundo ejercicio, de carácter teórico-práctico, obligatorio y eliminatorio, consistirá en la realización de uno o varios supuestos prácticos, durante un tiempo máximo de 60 minutos, a elegir de entre los propuestos por el Tribunal Calificador, sobre funciones propias del puesto, de conformidad con la parte específica del temario incluido en el Anexo I de las presentes Bases Específicas. Este ejercicio será calificado hasta 30 puntos, siendo necesario para aprobar un mínimo de 15 puntos. 

En este segundo ejercicio se valorará, fundamentalmente, los conocimientos técnicos y de procedimiento, la capacidad de raciocinio, la identificación, el análisis y la resolución de problemas planteados, así como la claridad y rigor de la redacción. 

Las pruebas serán eliminatorias y puntuadas de 0 a 30 puntos cada una, siendo necesario obtener 15 puntos para aprobar cada una de ellas. 

La puntuación máxima de la Fase de Oposición será de 60 puntos. 

Novena. Nombramiento de funcionario/a de carrera

Se regula por lo establecido en la base novena de las Bases Generales de Estabilización. 

Décima. Incidencias y recursos

Se regula por lo establecido en la base décima y undécima de las Bases Generales de Estabilización. 


Anexo I

Temario 

Programa: En el supuesto de que algún tema de los integrantes en el temario se viese afectado por alguna modificación, ampliación o derogación legislativa durante el transcurso de la misma, se exigirá en todo caso la legislación vigente en el momento de la realización de las respectivas pruebas. 

Materias comunes

Tema 1: La Constitución española de 1978: Los principios constitucionales: El Estado Social y Democrático. Los valores superiores de la Constitución. Derechos y deberes fundamentales.

Tema 2: La Corona. El Poder Legislativo: Composición y funciones. El poder Judicial.

Tema 3: El Poder Ejecutivo. La Administración Pública en el ordenamiento español: Administración territorial e institucional. La Administración General del Estado. La Administración Autonómica. La Administración Local. La Administración Institucional y Corporativa.

Tema 4: Organización territorial del Estado. Los Estatuto de Autonomía: Su significado. El Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia. 

Tema 5: El acto administrativo. Concepto, clases, forma, eficacia, motivación, la invalidez del acto administrativo, La notificación y publicación de resoluciones y actos administrativos. Computo de actos. 

Tema 6: El Procedimiento Administrativo Común: concepto, fases. La obligación de resolver. El silencio Administrativo. La revisión de actos administrativos en vía administrativa. 

Tema 7: El municipio. Concepto y elementos del municipio. El término Municipal, La población, El empadronamiento. Formas de Organización del municipio. 

Tema 8: El Ayuntamiento: Órganos de gobierno. Funcionamiento de los órganos colegiados; Constitución, convocatoria, sesiones, orden del día y votaciones. Competencias municipales. 

Tema 9: El personal al servicio de la Administración Local: clasificación y organización. Personal funcionario: Requisitos para el acceso a la función pública. Causas de la pérdida de la condición de funcionario. Sistemas de acceso a la función pública. Provisión de puestos de trabajo. Promoción profesional interna. 

Tema 10: Derechos y deberes del personal funcionario de las Administraciones Locales. Régimen de Incompatibilidades. 

Tema 11: Funcionamiento electrónico del sector público. Sede Electrónica. Registro electrónico. Firma electrónica.

Tema 12: La Protección de datos, régimen Jurídico. Principios y derechos de los ciudadanos. La seguridad de la información. Principios básicos y requisitos mínimos en el Esquema Nacional de Seguridad.

Tema 13: La ley de haciendas locales. Principios inspiradores. El presupuesto: Contenido, aprobación ejecución y liquidación.

Tema 14. Ley 31/1995, de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales. Derechos y obligaciones de los trabajadores.


Materias específicas

Tema 1: Competencias de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia en materia de Servicios Sociales. Ley 3/2003 de del 10 de abril, del sistema de Servicios Sociales de la Región de Murcia y posteriores modificaciones. 

Tema 2: Los Servicios Sociales en las Entidades Locales: Competencias y funciones en materia de Servicios Sociales. 

Tema 3: La acción social en el marco de una política de bienestar social. Evolución histórica y situación actual. 

Tema 4: La socialización. Orígenes. El proceso de socialización. Concepto y naturaleza. Agentes de socialización.

Tema 5: Causas estructurales y sociales de la exclusión social. Situaciones de exclusión. 

Tema 6: El proceso de la comunicación: Teoría de la comunicación humana. Axiomas de la comunicación. Circularidad de la comunicación. 

Tema 7: Técnicas e instrumentos en Trabajo Social. La entrevista en Trabajo Social. La historia social y el Informe social. 

Tema 8: Niveles de intervención en Trabajo Social. De la Intervención individual a la dimensión comunitaria. Trabajo social de casos, con grupos y comunitario. 

Tema 9: Las fases del método en Trabajo Social: Estudio, Diagnóstico, Planificación, Ejecución y Evaluación. 

Tema 10: El código deontológico del Trabajo Social. Deontología y ética del Trabajo Social. 

Tema 11: Necesidades sociales: Concepto, características y tipología. Análisis de las necesidades sociales según la taxonomía de Bradshaw. 

Tema 12: La familia. Tipos. Ciclos de la familia: Fases. Riesgos potenciales, oportunidades. Ciclo individual y ciclo familiar.

Tema 13: La familia como sistema. Teoría general de sistemas. Definición y clases de sistemas. Propiedades de los sistemas abiertos. Retroalimentación: Positiva y negativa. Homeostasis y morfogénesis familiar. Dinámicas del sistema familiar.

Tema 14: Instrumentos del trabajo con familias: el genograma, mapa de relaciones familiares, ecomapa, historiograma familiar.

Tema 15: La Ley 39/1999, de 5 de noviembre, para promover la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras.

Tema 16: Derecho de familia: Filiación. La separación y el divorcio, la patria potestad. La pensión de manutención. La pensión compensatoria. El derecho de alimentos. La incapacidad judicial.

Tema 17: Procedimiento administrativo en materia de protección a la infancia en la Región de Murcia: desamparo, tutela y guarda de menores. El acogimiento familiar: conceptos y clases. Acogimiento residencial: centros de acogida y de observación.

Tema 18: Contenido de la reforma de la Ley Orgánica 8/2015 del 22 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, y la Ley 26/2015 de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia. Estructura y contenidos.

Tema 19: La Ley 3/1995, de 21 de marzo, de la Infancia de la Región de Murcia: Estructura y contenido.

Tema 20: El maltrato infantil. Factores de riesgo. Indicadores. Estrategias de intervención.

Tema 21: La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

Tema 22: La integración social de las personas con discapacidad. Real Decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. 

Tema 23: La enfermedad mental grave: concepto, protocolo de coordinación socio sanitaria de la Región de Murcia. 

Tema 24: Salud. Concepto de salud. Importancia de los factores sociales en los conceptos de salud y enfermedad: la salud un problema comunitario. 

Tema 25: El envejecimiento. Aspectos Biológicos, psicológicos y sociales de la vejez. 

Tema 26: Plan de Prevención del Absentismo y el Abandono Escolar del Ayuntamiento de Ceutí. 

Tema 27: Organización y funcionamiento de los Servicios Sociales de Ceutí: Organigrama de la Concejalía de Bienestar Social del Ayuntamiento de Ceutí. El Centro de Servicios Sociales: Estructura, organización y funcionamiento. 

Tema 28: Prestaciones económicas propias de los servicios municipales del Ayuntamiento de Ceutí: Reglamento regulador del procedimiento de ayudas económicas municipales para la atención de necesidades sociales. 

Tema 29: La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectivas de mujeres y hombres. 

Tema 30: La violencia de género: Tipos de violencia, concepto, recursos y marco normativo. Recursos del Ayuntamiento de Ceutí.

Tema 31: Renta Básica de Inserción en la Región de Murcia.

Tema 32: Residencia para personas mayores en el Ayuntamiento de Ceutí.

Tema 33: Centro de Estancias diurnas para personas mayores en el Ayuntamiento de Ceutí. 

Tema 34: Plan de Prevención de Drogodependencias en el Ayuntamiento de Ceutí. 

Tema 35: Sistema de información de usuarios de servicios sociales (SIUSS): Introducción, objetivos utilidades y resultados. 

Tema 36: Programa de acompañamiento para la inclusión social del Ayuntamiento de Ceutí. 

Tema 37: El programa de desarrollo Gitano. La estrategia Nacional para la inclusión Social de la Población gitana en España 2012/2020. 

Tema 38: Integración social en personas inmigrantes. El Arraigo Social. Marco normativo. 

Tema 39: Demografía, principales conceptos: movimiento natural de población, migraciones. Fuentes estadísticas: el censo y el padrón. 

Tema 40: Prestaciones sociales y económicas para personas con discapacidad: Normativa, tipos y requisitos. 

Tema 41: Trabajo en equipo. El trabajo interdisciplinar. 

Tema 42: Empleabilidad: Elementos de valoración y diagnóstico de empleabilidad. 

Tema 43: La información, orientación y valoración como prestación básica de servicios sociales de atención primaria: Programa de Trabajo Social de zona.

Tema 44: Servicio de Atención en el medio familiar. Programa de Familia y convivencia del Ayuntamiento de Ceutí. 

Tema 45: Servicio de Teleasistencia domiciliaria en el Ayuntamiento de Ceutí. 

Tema 46: Centro de Atención a Víctimas de Violencia de género (CAVI) en el Ayuntamiento de Ceutí. 

Tema 47: Planificación en los Servicios sociales, indicadores. Evaluación de programas de servicios sociales. 

Tema 48: Plan de acción sobre adicciones 2018-2020.

26 octubre, 2020

se aprueba la convocatoria de ayudas para personas trabajadoras por cuenta ajena con rentas bajas afectadas por expedientes de regulación de empleo temporal a causa del COVID-19 en la Región de Murcia.

Fuente 

BORM Nº 248, LUNES 26 DE OCTUBRE DE 2020



De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/529614

Primero. Beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas trabajadoras por cuenta ajena que presten sus servicios en centros de trabajo de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia que se hayan vistos afectados por un expediente de regulación de empleo de carácter temporal (ERTE) mediante la suspensión total o parcial del contrato de trabajo y a consecuencia del mismo tenga reconocido por el Servicio Público de Empleo Estatal, el derecho a recibir una prestación contributiva por desempleo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Real Decreto ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19. 

Segundo. Objeto:

La finalidad de este programa es conceder una ayuda económica para personas trabajadoras por cuenta ajena con rentas bajas afectadas por expedientes de regulación de empleo temporal a causa del COVID-19 en la Región de Murcia. 

Tercero. Bases reguladoras.

Orden de 7 de agosto de 2020 del Presidente del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se aprueban las bases reguladoras del programa de ayudas para personas trabajadoras por cuenta ajena con rentas bajas afectadas por expedientes de regulación de empleo temporal a causa del COVID-19 (BORM número 192 de 20 de agosto). 

Cuarto. Financiación y cuantía.

1. El crédito disponible máximo con que cuenta la convocatoria para la participación en esta actuación es de 2.500.000,00 euros. 

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.2 b) de la Orden de Bases, se establece un crédito adicional estimado de un millón quinientos mil euros (1.500.000,00 €) que se prevé, como consecuencia del aumento del crédito presupuestario derivado de una generación, ampliación de crédito, y este sea incorporado al proyecto de gasto antes citado. 

Dicha afectación queda condicionada a la efectiva incorporación del mencionado crédito y la habilitación de la disponibilidad del crédito de la correspondiente partida. 

En el caso de que se proceda a incorporar este crédito adicional, total o parcialmente, a la convocatoria con carácter previo a la resolución del procedimiento, mediante resolución de la Directora General del SEF se hará pública su cuantía definitiva, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver. 

2. La cuantía de subvención que se podrá obtener será la resultante de la diferencia entre la cuantía del salario mínimo interprofesional (SMI) mensual vigente y la prestación contributiva por desempleo de carácter mensual que la persona beneficiaria esté o haya estado percibiendo, que corresponderá al setenta por ciento de su base reguladora. 

Se aplicará un criterio de proporcionalidad para el cálculo de las ayudas en el supuesto de que la prestación contributiva por desempleo del o de los expedientes de regulación temporal de empleo derivase de una contratación a tiempo parcial o la suspensión parcial de la jornada. 

El criterio de proporcionalidad será el siguiente: 

Para el caso de personas trabajadoras con contrato a tiempo parcial y que la suspensión del contrato se haya realizado por la totalidad de la jornada, el importe a percibir será la diferencia entre el SMI proporcional a la jornada del contrato y lo ingresado por prestaciones por desempleo. 

En el caso de personas con contrato a tiempo completo, pero que la suspensión del mismo se ha realizado a jornada parcial, el cálculo será la diferencia entre el SMI y el importe de la prestación por desempleo a percibir o percibida, incrementado por el importe de la base reguladora en proporción a la jornada no suspendida. 

En el caso de personas con contrato a tiempo parcial y que la suspensión del contrato se haya realizado parcial, el cálculo será la diferencia entre el SMI proporcional a la jornada del contrato y el importe de la prestación por desempleo a percibir o percibida, incrementado por el importe de la base reguladora en proporción a la jornada no suspendida. 

Como máximo se abonarán las diferencias correspondientes a 3 mensualidades. El periodo subvencionable comprenderá desde 14 de marzo 2020 hasta, como máximo, el último día del mes anterior a la fecha de la publicación del extracto de esta convocatoria. 

La incorporación al trabajo total o parcialmente antes de que finalicen los tres meses desde el inicio del ERTE o ERTEs, en el caso de que la persona estuviese afectada por más de uno, conllevará el cese de la ayuda a partir de la fecha de la incorporación al puesto de trabajo. 

Quinto. Solicitudes.

1. Las solicitudes de subvención se formalizarán en el modelo único de instancia que se encuentran disponibles en la página web www.sefcarm.es, en el apartado de “ayudas y subvenciones” (código de procedimiento 3416), e irán dirigidas a la Directora General del SEF. 

Las solicitudes de subvención se presentarán, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14, apartado 1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a elección del interesado:

a) En la sede electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, que será accesible a través de la página https://sede.carm.es

Para la presentación por medios electrónicos, deberá disponer de firma electrónica de la forma prevista en el artículo 10 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. 

b) En cualquiera de las Oficinas Corporativas de Atención al Ciudadano, con función de registro, o en cualquiera de los registros u oficinas previstos en el artículo 16.4 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre. 

c) En las Oficinas de Empleo, con función de registro (previa cita a través del Formulario para Tramites SEF, disponible en www.sefcarm.es, seleccionando el Asunto “mínimos ERTE”). 

En estos casos, apartados b) y c), se recomienda la utilización del modelo de formulario “asistente papel”/“Semipresencial”, que se encuentra en el Menú del procedimiento 3416 “Solicitar Presencialmente” bajo la denominación “Generación de formulario de solicitud sin certificado digital”

Debido a las circunstancias especiales que actualmente se está produciendo por la pandemia del COVID-19, se solicita, cuando se disponga de los medios para ello, que la presentación de las solicitudes se realice por sede electrónica como forma más apropiada. 

La solicitud deberá ir acompañada de la documentación requerida (según Anexo I). 

En el caso de que la solicitud se presente por sede electrónica, esta documentación se aportará en formato electrónico. Los documentos requeridos deberán ser digitalizados en formato PDF, en su caso, con firma electrónica mediante el Certificado Digital de persona física, así como una declaración responsable de la autenticidad de los mismos. El tamaño máximo admitido, tanto de cada archivo como del total de los mismos será el previsto por la sede electrónica 

En la sede electrónica de la CARM se podrá obtener información acerca de los sistemas de firma y certificado electrónicos admitidos. 

De acuerdo con lo previsto en el artículo 28.7 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. 

Con la solicitud se acompañará una declaración responsable del solicitante en el que manifieste, bajo su responsabilidad, que cumple todos los requisitos exigidos para ser beneficiario de la subvención. Además, salvo oposición o no autorización expresa, se presumirá que el SEF podrá acceder a los datos personales obrantes en las bases de datos de las distintas administraciones u organismos públicos, con el fin de comprobar el cumplimiento tanto de los citados requisitos, como de las condiciones impuestas con motivo de la concesión de la subvención, de acuerdo con lo previsto en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. 

En el caso de oposición o no autorización expresa para acceder a los datos personales, deberán acompañar con la solicitud los documentos que acrediten el cumplimiento de los citados requisitos. 

Sexto. Procedimiento.

El procedimiento de concesión de las subvenciones objeto de convocatoria se realizará, por tramitación de urgencia, en régimen de concurrencia competitiva, y estará informado por los principios de publicidad, transparencia, objetividad e igualdad y no discriminación.

Séptimo.- Plazo.

El plazo para la presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia hasta el 13 de noviembre de 2020, inclusive.