23 marzo, 2020

Información relativa a la aplicación de las medidas de flexibilización en la tramitación de los ERTE recogidas en el R.D. LEY 8/20

Expediente de Regulación Temporal de Empleo

Me he quedado en el #paro y no estoy afectado por un #ERTE ¿Cómo me inscribo como demandante de empleo?⤵️
 Para tramitar la Solicitud o el Reconocimiento de Prestaciones por Sede Electrónica, el usuario, previamente, ha de inscribirse como demandante de empleo en la Oficina de Empleo de su Comunidad y asegurarse de que su empresa ha enviado al #SEPE el Certificado de Empresa.
El #SEPE, junto a las CC.AA. está impulsando medidas para asegurar la inscripción como demandante de empleo. Usted no tiene que desplazarse a la Oficina de Empleo de su Servicio Público de Empleo autonómico.
Consulte al Servicio Público de Empleo de su CC.AA. para saber cómo puede proceder a la inscripción, que puede hacerse por medios no presenciales 👇👇

Tras la publicación en el BOE del Real Decreto Ley 8/2020 de 17 de marzo sobre medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, desde la Dirección General de Diálogo Social y Bienestar Laboral de la Consejería de Empleo, Investigación y Universidades, se traslada a las empresas, trabajadores, y organizaciones empresariales y sindicales la siguiente información relativa a la forma en la que se ha de proceder a la tramitación de los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE), ya se deriven de causas de fuerza mayor, o ya vengan motivados por causas económicas, técnicas, organizativas o productivas.



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