De conformidad con lo establecido en el artículo 62 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21
de diciembre, de Universidades (en lo sucesivo, LOU), en el Real Decreto 1313/2007, de
5 de octubre, por el que se regula el régimen de los concursos de acceso a cuerpos
docentes universitarios (en adelante, RDC), en los Estatutos de la UNED, aprobados por
Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre, y en el Reglamento de concursos de acceso
a cuerpos docentes universitarios de la UNED, aprobado por Acuerdo del Consejo de
Gobierno de fecha 17 de noviembre de 2008 («Boletín Interno de Coordinación
Informativa», en adelante, BICI, número 8, de 24 de noviembre).
De acuerdo con la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado
para el año 2017, que, en su artículo 19.Uno.2.J establece que, dentro del límite de la tasa
de reposición correspondiente a los Cuerpos de Catedráticos de Universidad y de
Profesores Titulares de Universidad y a los profesores contratados doctores, fijada hasta
un máximo del 100%, cada Universidad estará obligada a destinar, como mínimo, un 15
por ciento del total de plazas que oferte, a la incorporación, en aquella categoría para la
que esté acreditado, de personal investigador doctor que haya finalizado el Programa
Ramón y Cajal y haya obtenido el certificado I3.
Este Rectorado, previa autorización mediante Acuerdo de Consejo de Ministros de 7
de diciembre de 2017 de Oferta de Empleo Público del PDI de la UNED para el año 2017,
en aplicación de la Resolución de la UNED de 12 de diciembre de 2017 por la que se
publica dicha Oferta de Empleo Público («BOE» de 16 de diciembre de 2017), ha resuelto
convocar a concurso la plaza vacante de Profesor Titular de Universidad dotada en el
estado de gastos del presupuesto de la Universidad que se relaciona en el Anexo I de esta
Resolución.
El proceso de selección se regirá con arreglo a las siguientes
Bases
Primera.
El presente concurso se regirá por lo dispuesto en la LOU y sus modificaciones, por la
Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, por
el Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el que se regula el régimen de concursos
de acceso a cuerpos docentes universitarios, por los Estatutos de la UNED y por el
Reglamento de Concursos de Acceso a Cuerpos Docentes Universitarios de la UNED. Con
carácter supletorio, se aplicará lo previsto en la legislación general de funcionarios civiles
del Estado.
Segunda.
Para ser admitido a este concurso han de reunirse los siguientes requisitos generales:
a) Tener la nacionalidad española o de alguno de los demás Estados miembros de la
Unión Europea o de los Estados en los que es de aplicación la libre circulación de
trabajadores en virtud de Tratado Internacional celebrado por la Unión Europea y ratificado por España, así como sus cónyuges siempre que no estén separados de derecho, y los
descendientes y los de sus cónyuges, menores de veintiún años o mayores de dicha edad
dependientes. En el momento de presentación de la solicitud de participación en el proceso
selectivo deberá acreditarse la nacionalidad, así como, en su caso, el vínculo de
parentesco y el de vivir a expensas, conforme a lo previsto en el artículo 8 del Real Decreto
543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración General
del Estado y sus organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que es de
aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores.
La acreditación de la
nacionalidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria se realizará por medio de los
documentos correspondientes, certificados por las autoridades competentes de su país de
origen, traducidos al español, que será la lengua oficial en la que tendrá lugar el desarrollo
de las pruebas.
b) Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima
de jubilación forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la
edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
c) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. Los aspirantes cuya
nacionalidad no sea la española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a
sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función
Pública.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas correspondientes
a profesor de universidad.
Requisitos específicos:
Además de los requisitos generales, los candidatos deberán cumplir con los requisitos
específicos que se señalan en el artículo 4 del Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre,
por el que se regula el régimen de los concursos de acceso a cuerpos docentes
universitarios, en los términos regulados en el mismo.
Asimismo, conforme a lo establecido en el párrafo segundo, del artículo 19.Uno.2.J) de
la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, los
candidatos deberán haber sido personal investigador doctor que haya finalizado el
Programa Ramón y Cajal, y haya obtenido el certificado I3 (Programa I3 de Incentivación
de la Incorporación e Intensificación de la Actividad Investigadora).
Los requisitos enumerados en la presente Base deberán poseerse en la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la
toma de posesión.
Tercera.
Los aspirantes presentarán las solicitudes a través de la Sede Electrónica de la UNED
(https://sede.uned.es/). En dicha Sede se encontrará disponible el formulario de solicitud
denominado «Concurso público a plazas de cuerpos docentes» dentro del apartado de
Procedimientos específicos para el PDI. Para su presentación se deberá utilizar certificado
digital.
Asimismo también podrán presentar las solicitudes por cualquiera de los medios y en
los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El plazo de presentación de las solicitudes será de veinte días naturales a contar
desde el siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la presente
convocatoria.
Los aspirantes deberán justificar haber abonado la cantidad de 28,45 euros en
concepto de derechos de examen y formación de expediente en la cuenta corriente
número ES82-0049-0001-54-2211438387 del Banco Santander.
Estarán exentos del pago de esta tasa:
a) Las personas con grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento, debiendo
acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
b) Los miembros de familias numerosas, en los términos del artículo. 12.1.c. de la
Ley 40/2003, de Protección de la familia numerosa, contarán con exención del pago de
tasas si son de la categoría especial y con una reducción del 50% los miembros de familias
de la categoría general. Para ello deberán aportar el título actualizado.
La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento
determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso la presentación y pago en la oficina bancaria a que se hace referencia
supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
Los aspirantes deberán adjuntar a la solicitud el recibo de ingreso, la acreditación para
profesor o profesora titular de universidad de la Agencia Nacional de Evaluación de la
Calidad y Acreditación (ANECA) y el documento acreditativo de haber sido personal
investigador doctor que haya finalizado el programa Ramón y Cajal y el certificado I3.
Cuarta.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector dictará, en el plazo
máximo de quince días hábiles, una Resolución declarando aprobada la lista provisional
de admitidos y excluidos. Dicha Resolución, junto con las listas completas de admitidos y
excluidos, las cuales indicarán respecto de estos últimos la causa de exclusión, se
publicará en la dirección de Internet: www.uned.es/profesorado. En dicha Resolución se
señalará el plazo de diez días hábiles para subsanar el defecto que haya motivado la
exclusión u omisión. Finalizado dicho plazo, el Rector dictará una Resolución aprobando
la lista definitiva de candidatos admitidos y excluidos que se publicará en la forma
anteriormente establecida. Contra esta Resolución se podrá interponer recurso en los
términos previstos en el artículo 112 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Quinta.
La composición de la Comisión es la que figura en el Anexo III de esta convocatoria.
En lo relativo a la constitución, sustituciones y funcionamiento de la Comisión se estará
a lo previsto en el Reglamento de Concursos de Acceso a Cuerpos Docentes Universitarios
de la UNED, aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 17 de noviembre
de 2008 («BICI» número 8, de 24 de noviembre).
La Comisión se constituirá en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de
publicación de la relación definitiva de candidatos presentados al concurso. Para ello, el
Presidente de la Comisión, una vez realizadas las consultas oportunas con los restantes
miembros, notificará a éstos, con una antelación mínima de diez días naturales, la
convocatoria del acto de constitución, señalando lugar, fecha y hora. El Presidente de la
Comisión, una vez realizadas las consultas oportunas con los restantes miembros,
notificará a todos los candidatos admitidos al concurso, con una antelación mínima de 10
días naturales, la convocatoria para el acto de presentación, señalando el lugar, fecha y
hora de su celebración, que podrá tener lugar inmediatamente después de la constitución
de la Comisión.
Sexta.
En el acto de presentación, que será público, los candidatos entregarán al Presidente
de la Comisión la siguiente documentación:
a) Historial académico, docente e investigador, por sextuplicado, así como un
ejemplar de las publicaciones y documentos acreditativos de lo consignado en el mismo.
b) Proyecto docente y proyecto investigador, originales y personales, por
sextuplicado. El proyecto docente incluirá, al menos, el desarrollo docente de una
asignatura obligatoria o de formación básica de las especificadas en el perfil de la plaza,
sin perjuicio de lo establecido en el artículo 3.2.c del Reglamento de concursos de acceso.
El desarrollo docente de cada asignatura comprenderá una propuesta razonada de los
objetivos, el programa y la metodología, y deberá tener en cuenta su adecuación a los
medios y técnicas propios de la enseñanza a distancia. El proyecto investigador incluirá las
actividades de investigación que, de acuerdo con el perfil de la plaza, pretenda desarrollar
el candidato.
En el acto de presentación se determinará, mediante sorteo, el orden de actuación de
los candidatos y se fijará el lugar, la fecha y la hora del comienzo de las pruebas,
circunstancias que se harán públicas por la Comisión en el tablón de anuncios
correspondiente. Las pruebas comenzarán en el periodo comprendido entre el día
siguiente y 15 días después del acto de presentación.
Séptima.
El concurso a la plaza de Profesor Titular de Universidad constará de dos pruebas. La
primera prueba consistirá en la exposición oral por el candidato, en sesión pública, durante
un tiempo máximo de noventa minutos, de su historial académico, docente e investigador,
el proyecto docente y el proyecto investigador.
Seguidamente, la Comisión debatirá con el candidato sobre su historial académico,
docente e investigador, y los proyectos docente e investigador presentados, durante un
tiempo máximo de dos horas.
Finalizada la prueba, cada miembro de la Comisión entregará al Presidente un informe
razonado sobre cada candidato, ajustado, en todo caso, a los criterios previamente
establecidos por la Comisión, en el que valorará el historial académico, docente e
investigador; los proyectos docente e investigador, y las capacidades del candidato para la
exposición y el debate ante la Comisión demostradas durante la prueba.
A la vista de los informes, y tras la previa deliberación, la Comisión procederá a realizar
una votación, en la que no será posible la abstención, para determinar el paso de los
candidatos a la siguiente prueba. Pasarán a la siguiente prueba los candidatos que
obtengan, al menos, tres votos favorables.
La segunda prueba consistirá en la exposición oral por el candidato, en sesión pública,
durante un tiempo máximo de una hora, de un tema del programa de una asignatura elegida
por el candidato de entre las incluidas en su proyecto docente. El tema será elegido por el
candidato de entre tres temas del referido programa determinados mediante sorteo. Una
vez elegido el tema, el candidato dispondrá de un tiempo máximo de noventa minutos para
preparar su exposición. Tras la exposición, que no podrá consistir en la mera lectura de un
texto escrito, la Comisión debatirá con el candidato, durante un tiempo máximo de noventa
minutos, acerca de los contenidos expuestos, la metodología que se utilizaría en la
impartición y todos aquellos aspectos que estime relevantes en relación con el tema.
Finalizada la prueba, cada miembro de la Comisión entregará al Presidente un informe
razonado sobre cada candidato, en el que valorarán los contenidos y la metodología
expuestos, así como sus capacidades para la exposición y el debate demostradas durante
la prueba.
A la vista de los informes de las dos pruebas, y tras las deliberaciones que
correspondan, la Comisión procederá a realizar las votaciones necesarias, en las que no
será posible la abstención, para determinar los candidatos propuestos para ocupar las
plazas, teniendo en cuenta que no podrá proponerse un número de candidatos superior al
de plazas objeto del concurso.
Una vez terminado el concurso, la Universidad hará públicos los resultados de la
evaluación de cada candidato, desglosada por cada uno de los aspectos evaluados,
especificando el candidato cuyo nombramiento haya sido propuesto por la Comisión para
ocupar la plaza objeto del concurso.
Octava.
En el plazo de siete días hábiles a partir del siguiente al de finalización de la actuación
de la Comisión, el Secretario de la Comisión entregará en la Secretaría General de la
Universidad, junto con la propuesta de nombramiento, toda la documentación relativa a las
actuaciones de la Comisión y una copia de la documentación entregada por cada
candidato.
Novena.
La constitución de la Comisión, el acto de presentación, la celebración de las pruebas
y las deliberaciones de la Comisión deberán realizarse en la sede central de la UNED en
Madrid.
Décima.
La Comisión propondrá al Rector, motivadamente y con carácter vinculante, una
relación del candidato para su nombramiento y sin que se pueda exceder en la propuesta
el número de plazas convocadas a concurso. El concurso podrá concluir con la propuesta
de la Comisión de no provisión de plazas.
El Rector procederá al nombramiento conforme a la propuesta realizada, ordenará su
inscripción en el correspondiente registro de personal y su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado», así como su comunicación al Consejo de Universidades.
En el plazo máximo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente al de
publicación del nombramiento, el candidato propuesto deberá tomar posesión de su plaza.
La plaza obtenida tras el concurso deberá desempeñarse durante dos años, al menos,
antes de poder participar en un nuevo concurso para obtener una plaza en otra universidad.
Contra la propuesta de la comisión de valoración del concurso, los concursantes
podrán presentar reclamación ante el Rector, en el plazo de diez días.
Admitida a trámite la reclamación, se suspenderá el nombramiento hasta su resolución.
La reclamación será valorada por la Comisión prevista en el Reglamento de Concursos de
Acceso a Cuerpos Docentes Universitarios de la UNED.
Undécima.
El concursante propuesto deberá presentar, en los veinte días siguientes al de concluir
la actuación de la Comisión, en la Secretaría General de esta Universidad, o por
cualesquiera de los demás procedimientos señalados 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas los
siguientes documentos:
a) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad ni defecto físico ni psíquico
que le incapacite para el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de
Universidad.
b) Declaración jurada de no haber sido separado de la Administración del Estado,
Institucional o Local, ni de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, en virtud
de expediente disciplinario, y no hallarse inhabilitado para el ejercicio de la función pública.
Los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea o de algún Estado
al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y
ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, deberán
acreditar, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.2 del Real Decreto 543/2001,
de 18 de mayo, no haber sido objeto de sanción disciplinaria o condena penal que impidan,
en su Estado, el acceso a la Función Pública.
c) Documentación acreditativa de reunir los requisitos exigidos en la presente
convocatoria.
Duodécima.
El nombramiento propuesto por la Comisión será efectuado por el Rector de la UNED
después de que el concursante propuesto haya acreditado cumplir los requisitos
establecidos en la Base Segunda de la presente convocatoria en el plazo establecido. En
el caso de que el concursante no presente oportunamente la documentación requerida, no
podrá ser nombrado, quedando anuladas todas sus actuaciones, procediendo el Rector al
nombramiento del siguiente concursante en el orden de prelación formulado.
El nombramiento será igualmente comunicado al correspondiente Registro a efectos
de otorgamiento del número de Registro de Personal e inscripción en el cuerpo, publicados
en el «Boletín Oficial del Estado» y comunicado a la Secretaría General del Consejo de
Universidades. El nombramiento especificará la denominación de la plaza, cuerpo y área
de conocimiento.
En el plazo máximo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente al de
publicación del nombramiento, el candidato propuesto deberá tomar posesión de su plaza,
momento en el que adquirirá, en su caso, la condición de funcionario del cuerpo docente
universitario de que se trate, con los derechos y deberes que le son propios.
Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer
recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del
Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, contados a partir del
día siguiente a la publicación de esta Resolución, o, con carácter potestativo, recurso de
reposición ante el Sr. Rector Mgfco. de la UNED en el plazo de un mes, a contar desde el
día siguiente a la publicación de esta Resolución.
Madrid, 17 de septiembre de 2018.–El Rector, Ricardo Mairal Usón.
ANEXO I
133.01 Categoría de la plaza: Profesor Titular de Universidad. Área de conocimiento:
Ciencia de la Computación e Inteligencia Artificial. Departamento: Inteligencia Artificial.
Actividades docentes: «Fundamentos de Inteligencia Artificial» y «Lógica y Estructuras
Discretas» (Grado en Ingeniería Informática) y «Minería de Datos» (Máster Universitario
en Inteligencia Artificial Avanzada: Fundamentos, Métodos y Aplicaciones), con la
metodología de la enseñanza a distancia.
Línea de investigación preferente: Predicción de series temporales con modelos de
aprendizaje automático.
ANEXO III
Número de plaza: 133.01. Categoría: Profesor Titular de Universidad. Departamento:
Inteligencia Artificial. Área de conocimiento: Ciencia de la Computación e Inteligencia
Artificial
Comisión
Titular
Presidenta: Doña Ana Esperanza Delgado García, Profesora Emérita (Universidad
Nacional de Educación a Distancia).
Vocales:
Don Héctor Pomares Cintas, Catedrático de Universidad (Universidad de Granada).
Don Luis Manuel Sarro Baro, Profesor Titular de Universidad (Universidad Nacional de
Educación a Distancia).
Doña Ángeles Manjarrés Riesco, Profesora Titular de Universidad (Universidad
Nacional de Educación a Distancia).
Secretario: Don Carlos Cruz Corona, Profesor Titular de Universidad (Universidad de
Granada).
Comisión Suplente
Presidente: Don Francisco Javier Díez Vegas, Catedrático de Universidad (Universidad
Nacional de Educación a Distancia).
Vocales:
Doña María Jesús Taboada Iglesias, Catedrática de Universidad (Universidad de
Santiago de Compostela).
Don Enrique Javier Carmona Suárez, Profesor Titular de Universidad (Universidad
Nacional de Educación a Distancia).
Doña Coral del Val Muñoz, Profesora Titular de Universidad (Universidad de Granada).
Secretario: Don Félix de la Paz López, Profesor Titular de Universidad (Universidad
Nacional de Educación a Distancia)
Fuente: Boletín Oficial del Estado
Núm. 233 Miércoles 26 de septiembre de 2018 Sec. II.B. Pág. 92580
No hay comentarios:
Publicar un comentario