Llevas tiempo madurando la idea, quieres mejorar tus oportunidades laborales en el extranjero y te llama la atención España, bien porque hablan el mismo idioma que tú, bien porque es un país del que estás enamorado o bien porque tu profesión tiene más demanda en esta región. Hemos preparado una pequeña guía en cinco pasos para que vayas organizándolo todo.
Para trabajar en España, como en tantos otros países, se requiere un visado. Si tu intención es quedarte por un tiempo superior a los 90 días (no tienen por qué ser consecutivos), debes tramitarlo. En función de tu país y de los acuerdos que haya establecido con España, puede que te toque tramitar antes el visado de corta duración (visado Schengen).
Hay varios tipos de visado o de permiso (de estudios, de trabajo, de residencia y de tránsito) y cada uno requiere cumplir una serie de condiciones. Para cualquiera que solicites, tu pasaporte debe estar en regla en el momento de la solicitud.
Para trabajar te pedirán el permiso de residencia y trabajo. Debes tramitarlo a través del Consulado General de España en tu país. Si te conceden el permiso, será con respecto a un ámbito geográfico concreto y a una ocupación determinada. Te valdrá para un año, pero cuando venza se puede prorrogar.
Cuando tengas el visado de residencia y trabajo, deberás solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en la Brigada Provincial de Extranjería y Documentación de la región en la que te encuentres.
Uno de los primeros pasos que debes hacer nada más llegar a España es empadronarte, es decir, inscribirte en el Padrón, lo que te acredita como vecino del municipio donde residas. Para ello necesitas establecer un domicilio. No es necesario que sea de tu propiedad, puede ser alquilado o la casa de tus familiares, si es donde te vas a quedar a vivir. Este trámite se lleva a cabo en el ayuntamiento que te corresponda.
A la hora de alquilar un piso, es muy posible que te soliciten un aval que demuestre que podrás hacer frente al pago del alquiler. Lo habitual es que te pidan la última nómina de tu trabajo. También es frecuente que te pidan un mes por adelantado en concepto de fianza. Cuando cambies de domicilio, te devolverán la fianza si el sitio se encuentra en las condiciones acordadas cuando se firmó el contrato. Otra posibilidad es alquilar una habitación en un piso compartido. En este caso, los requisitos se reducen.
Abrir una cuenta bancaria es otra de las primeras tareas que debes llevar a cabo en cuanto llegues. Si eres resiente, te pedirán el NIE y, si no lo eres, deberás presentar un certificado de no residencia, que se solicita en una comisaría de Policía Nacional.
- Para encontrar empleo: infoempleo.com. infojobs.net.
- Portal español de inmigración: http://extranjeros.empleo.gob.es/es/index.html.
- Información de interés para extranjeros del Ministerio de Asuntos Exteriores:
- +INFO
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